martes, 28 de abril de 2009

Las trabajadoras embarazadas y las que esten en periodo de lactancia no deben acudir a sus trabajos


Las trabajadoras embarazadas y las que se encuentren en periodo de lactancia no deben acudir a sus centros de trabajo: STPS

Boletín 049

28 de abril de 2009


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa que, de conformidad con los artículos 166 y 167 de la Ley Federal del Trabajo, las mujeres trabajadoras en periodo de gestación o de lactancia deben ser excusadas de prestar sus servicios en empresas o establecimientos en donde se encuentren altamente expuestas a contagiarse del virus de la influenza porcina, sin que sufra perjuicio su salario, prestaciones y derechos.

En efecto, las trabajadoras embarazadas o que se encuentran amamantando a sus hijos, están protegidas por la ley en este periodo de contingencia epidemiológica.

La Ley Federal del Trabajo establece, entre otros, el derecho para dichas trabajadoras el que no se utilice su trabajo en labores insalubres o peligrosas, como aquellas que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas o biológicas del medio en que se presta, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud física y mental de la mujer en estado de gestación o del producto.

En tal virtud, las trabajadoras embarazadas y las que estén alimentando a sus hijos en este periodo de contagio epidémico, deben recibir por parte de los empresarios o patrones, los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas citadas.

Por otra parte, se destaca que el artículo Sexto del “Decreto por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2009, conmina a los patrones a brindar los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas en materia de salubridad general.

Por lo anterior, la STPS exhorta a todos los patrones a cumplir cabalmente con las disposiciones legales mencionadas, así como con el Decreto referido, para evitar poner en riesgo a las trabajadoras en periodos de gestación o de lactancia toda vez que, en caso de incumplimiento, se harán acreedores a las sanciones que prevé la propia Ley Federal del Trabajo.

Para cualquier información, queja o denuncia, la STPS pone a disposición de las trabajadoras embarazadas, de las madres en periodo de lactancia y, en general, de todos los trabajadores del país, el teléfono 01 800 911 78 77 de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, al cual se podrá llamar sin costo desde cualquier punto del país entre las 8:00 y las 20:00 horas, en relación con la contingencia sanitaria por la influenza porcina.

Mas información: http://www.stps.gob.mx/saladeprensa/boletines_2009/abril_09/boletines_abril09_stps.htm

2 comentarios:

Arabela y yo dijo...

una pregunta en que pais es esto?o sea donde rige
gracias slds

Unknown dijo...

Hola linda, esto rige para México, si das clik en el link hay mas boletines he información

Saludos!

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